Seminario
TRIBUTACIÓN DE EJECUTIVOS
Y SOCIEDADES DE INVERSIÓN

Viernes 14 y Sábado 15 de Octubre de 2005

OBJETIVOS

Aplicar correctamente el impuesto único de 2ª Categoría a las remuneraciones y regalías en dinero y en bienes que obtienen los ejecutivos de empresas y otros de nivel gerencial.

Optimizar el aprovechamiento de una serie de regalías que otorgadas bajo ciertas condiciones, aminoran el impacto tributario de este tipo de contribuyentes. Conocer las ventajas impositivas de los nuevos planes de Ahorro Previsional Voluntario y de los costos tributarios en el caso de retiros de tales ahorros.

Conocer el nuevo régimen tributario de los Depósitos convenidos con el empleador y de los Excedentes de Libre Disposición.

Utilizar el Artículo 14 bis sobre Régimen de Tributación simplificada como una herramienta de planificación tributaria.

Crear sociedades de inversión en las cuales las personas naturales aportan sus bienes raíces, acciones, inversiones rentísticas y financieras, aprovechando los incentivos a la reinversión de utilidades que la ley contempla para la empresas que tributan por contabilidad completa y la eliminación del impuesto a las ganancias de capital para la venta de acciones de sociedades anónimas abiertas.

Conocer las nuevas aplicables a las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL).



PROGRAMA

1 Tributación de ejecutivos y niveles gerenciales de empresas

• Aplicación del impuesto único de Segunda Categoría a: sueldos, sobresueldos, gratificaciones, participaciones, bonos, incentivos, premios, entrega de bienes a título gratuito, tales como: casa, auto, seguros de vida y otros.

• Ingresos no gravados con el impuesto único de Segunda Categoría: becas de estudio para el trabajador o para sus hijos; asignaciones de traslación y viáticos; indemnizaciones legales o contractuales por término de contrato; beneficios otorgados por Departamentos de Bienestar; depósitos en la Cta. Nº 1 de AFP convenidos con el empleador y de cargo de éste.

• Cotizaciones previsionales obligatorias y voluntarias deducibles de la base tributaria.

• Régimen de franquicias tributarias para los planes de Ahorro Previsional Voluntario (A.P.V.).

- Nuevo sistema impositivo para los Excedentes de Libre Disposición al momento de pensionarse y para los Depósitos convenidos con el empleador.

• Reliquidación del impuesto por inversiones, depósitos y ahorros acogidos al artículo 57 bis de la ley de la Renta. Crédito y Débito Fiscal por Ahorro Neto positivo y negativo.

- Rebaja de los intereses por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de casas y departamentos acogidos o no al DFL 2, de 1959 (Nuevo Art.55 bis).

• Exención de Global Complementario para ciertas rentas distintas al sueldo: intereses y dividendos, utilidad en venta habitual de acciones, rescate cuotas Fondos Mutuos, rentabilidad de la Cta. Nº2 de AFP.

• Tributación en Global Complementario de otras rentas distintas al sueldo
- Bienes raíces agrícolas y no agrícolas
- Instrumentos financieros y de ahorro del mercado de capitales
- Honorarios profesionales y participaciones en sociedades de profesionales

2. Situación tributaria de las sociedades de inversión

• Evaluación de la conveniencia de crear sociedades de inversión, en el caso de personas naturales con fuertes inversiones en bienes raíces, acciones, fondos mutuos y otros instrumentos de ahorro o financieros.

- Elementos que deben considerarse en la elección del tipo jurídico de sociedad: diferencias tributarias entre sociedades de personas y sociedades anónimas, abiertas o cerradas

• Efectos tributarios que se producen al momento de aportar bienes raíces o acciones a la sociedad de inversiones que se constituya.

• Alternativas tributarias en el caso de cónyuges bajo el régimen de sociedad conyugal o de separación de bienes.

• Análisis tributario de las sociedades inmobiliarias

• Análisis tributario de las sociedades de inversión en instrumentos financieros, títulos de deuda y títulos de capital (acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias). Eliminación del impuesto a las ganancias de capital en el caso de acciones de sociedades anónimas abiertas con presencia bursátil.

• Análisis tributario de sociedades de giro amplio: comercio, industria, prestación de servicios, educación, clínicas, laboratorios, etc.

• Situación de los “retiros presuntos” en el caso de la entrega gratuita de bienes del Activo de la empresa a sus socios, accionistas, cónyuges e hijos solteros menores de 18 años.

• Ventajas tributarias de la reinversión de utilidades al interior de la misma empresa, en otras sociedades nuevas o preexistentes o en acciones de pago de sociedades anónimas.

• Utilización del FUT para la reinversión de utilidades, postergación del Global Complementario y recuperación del impuesto de 1a Categoría en el caso de FUT negativo.

• Normas que afectan a las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) y a las acogidas al régimen simplificado del Artículo 14 bis.

RELATOR
Leonel González Silva
Contador. Auditor Tributario.
Consultor de Empresas.
Co-autor de diversas obras técnicas.
Director del Instituto de Estudios y Seminarios Tributarios, CEPET System.

INFORMACIÓN GENERAL

Duración : 12 horas

Fecha y horario : Viernes 14 y Sábado 15 de Octubre de 2005
Viernes 10:00 a 13:30 y 15:00 a 19:30 hrs.
Sábado 09:00 a 13:00 hrs.
Incluye almuerzo y coffee - break

Lugar : Auditorio IRADE, Chacabuco # 278, Concepción.

Dirigido a : Ejecutivos y niveles gerenciales, contralores, auditores, contadores, pagadores de rentas, inversionistas en el mercado de capitales, bursátil e inmobiliario.

Certificado : Se otorgará certificado de asistencia de IRADE a quienes asistan a un mínimo del 80% de las horas de clases programadas.


Valor : Socios IRADE $ 108.000.-
No Socios $ 135.000.-

Plazo límite : Miércoles 12 de Octubre de 2005.
de inscripción

Código Sence : 01.15.0227.08

INSCRIPCIONES Y CONSULTAS

Teléfono : (41) - 747405
Fax : (41) - 747401
e-mail : capacitacion@irade.cl
Inscripciones : Sra. Claudia Jaña V.
Sitio Web : www.irade.cl

La anulación de una inscripción deberá ser comunicada a IRADE hasta 2 días hábiles antes del inicio del programa. De otro modo se considerará que la persona asistirá normalmente, procediéndose a la facturación respectiva.

 

   
   
IRADE, Instituto de Administración y Empresas CONCEPCION - Chacabuco 278 Teléfono: (41) 747400 Fax: (41) 74740l e-mail: gerencia@irade.cl