SEMINARIO
APLICACIÓN PRÁCTICA DECLARACIONES IMPUESTOS A LA RENTA AÑO TRIBUTARIO 2009


_ OBJETIVOS %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%

● Determinar las bases imponibles de los distintos impuestos a la renta de declaración anual de personas naturales, sociedades de  personas y sociedades anónimas

● Utilización de las rebajas y créditos hipotecarios, Ahorro Previsional Voluntario y APVC.

● Aplicar correctamente la tributación de retiros de A.P.V y Excedentes de Libre Disposición en A.F.P

● Evitar inconsistencias en la revisión computacional que efectúa el S.I.I

     

_ DIRIGIDO A %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%

Contadores, Auditores, Abogados, Ingenieros Civiles y Comerciales, asesores y analistas tributarios.

 

_ TÉCNICAS METODOLOGICAS %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%

 

Explicación teórica y doctrinaria de las normas legales involucradas. Análisis de casos prácticos.  Desarrollo de laboratorios y ejercicios prácticos.

 
_ PROGRAMA %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%
 
     

1. NOVEDADES PARA EL AÑO TRIBUTARIO 2009

● Modificaciones a Declaraciones Juradas y Certificados.
● Aumento del 6% al 8% del crédito por adquisición de Activo Fijo.
● Nuevo crédito por inversiones en investigación y desarrollo.
● Nueva opción tributaria para APV y APV Colectivo (APVC)
● Franquicia tributaria para APV en el caso de “sueldo empresarial”.
● Modificaciones al régimen simplificado del Artículo 14 bis. Exclusión de inversiones en acciones y derechos sociales.  Nuevos límites de ventas.

2. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA

● Agregados a la utilidad del balance.
● Deducciones a la utilidad del balance. Situación especial de la depreciación acelerado.
● Determinación de la Base Imponible de 1ª Categoría.
● Cálculo del impuesto de 1ª Categoría y del monto de su provisión.
● Créditos contra el impuesto de 1ª Categoría.  Situación especial del Impuesto Territorial.
● Impuesto de 1ª Categoría determinado.
● Imputaciones al pago del impuesto de 1ª Categoría:  crédito especial de empresas constructoras; PPM; gastos de capacitación;  nuevas normas sobre crédito por donaciones.
● Remanente del crédito por impuesto de 1ª Categoría no aprovechado en el Global Complementario.
● Pago provisional por impuesto de 1ª Categoría correspondiente a utilidades absorbidas por pérdidas.

3. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO ÚNICO DEL 35% QUE GRAVA LOS GASTOS RECHAZADOS DE SOCIEDADES ANÓNIMAS

● Determinación de la Base Imponible: gastos rechazados; retiros presuntos; préstamos a accionistas de S. A. cerradas.
● Cálculo del impuesto.
● Créditos contra el impuesto.  Gastos rechazados provenientes de otras sociedades.
● Impuesto determinado.

 

 

4. DECLARACIÓN DEL IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO Y ADICIONAL

● Retiros efectivos y presuntos de empresas de 1ª Categoría.
● Dividendos y otras cantidades distribuidas por sociedades anónimas y SpA.
● Gastos rechazados y pagados en el ejercicio.
● Actividades sujetas a rentas presuntas.
● Rentas de 1ª Categoría determinadas por contabilidad simplificada.
● Honorarios de profesionales y socios de sociedades de profesionales
● Rentas de capitales mobiliarios y ganancias de capital. Excedente de Libre Disposición en AFP, afecto a Global Complementario.
● Rentas exentas de Global Complementario. Límite exento del Excedente de Libre Disposición en AFP.
● Sueldos y otras rentas afectas al impuesto único de 2ª Categoría. Situación especial del “sueldo empresarial”.
● Renta bruta de Global Complementario.
● Rebajas a la renta bruta global.
● Impuesto de 1ª Categoría y Territorial pagados en el ejercicio anterior.
● Pérdidas en inversiones en capitales mobiliarios y en rentas del artículo 17 Nº 8.
● Base Imponible del Impuesto Adicional.
● Cotizaciones previsionales del D. L. 3500.
● Dividendos e intereses por créditos hipotecarios (Art. 55 bis)
● Ahorro Previsional Voluntario (APV) (Art.55 bis)
● Base imponible de Global Complementario.
● Cálculo del Impuesto Global Complementario.
● Crédito por rentas de bosques acogidos al D. L. 701, de 1974.
● Crédito por rentas exentas incluidas en la renta bruta global.
● Crédito por impuesto único de 2ª Categoría.
● Crédito por impuesto de 1ª Categoría.
● Crédito o Débito por Ahorro Neto Anual positivo o negativo (Art. 57 bis).
● Crédito por utilidad en rescate de cuotas de Fondos Mutuos.
● Crédito por donaciones a Universidades e Institutos Profesionales.
● Crédito por Tasa Adicional.
● Determinación del impuesto Global Complementario a pagar o determinación de un remanente a favor.

5. EJERCICIOS, LABORATORIOS Y CASOS PRÁCTICOS

 
_ RELATOR %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%
 
● Leonel González Silva
   
Contador. Auditor Tributario.
Consultor de Empresas.
Co-autor de diversas obras técnicas.


 


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INFORMACIÓN GENERAL %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%

Duración

12 horas

Fecha y horario

Viernes 3 y Sábado 4 de Abril 2009
Viernes de 10:00 a 13:30 y 15:00 a 19:30 hrs. y
Sábado de 9:00 a 13:00 hrs.
Incluye almuerzo y coffee - break                       

Certificado

Se otorgará certificado de asistencia de IRADE a quienes asistan a un mínimo del 80% de las horas de clases programadas.

Lugar

Auditorio IRADE, Chacabuco # 278, Concepción.

Valor

Socios IRADE $ 120.000.-
No Socios       $ 150.000.-

Plazo límite de Inscripción

Miércoles 1 de Abril de 2009

Nombre OTEC

IRADE - Capacitación Ltda.
RUT OTEC 

76.593.170-3

Código Sence

12.37.7731.49

 

_ CONSULTAS E INSCRIPCIONES %%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%

Fono : (41) – 2747405
Fax : (41) - 2747401
E-mail : capacitacion@irade.cl
Inscripciones : Sra. Claudia Jaña V.
Sitio Web : www.irade.cl

La anulación de una inscripción deberá ser comunicada a IRADE hasta 2 días hábiles antes del inicio del programa. De otro modo se considerará que la persona asistirá normalmente, procediéndose a la facturación respectiva.